General Motors aceptó pagar 12,75 millones de dólares para resolver una demanda en California que acusaba a la automotriz de vender datos de conducción —como velocidad, frenadas fuertes y aceleraciones— a brokers y compañías de seguros (según Reuters). Esto llega dos años después del reportaje de The New York Times que reveló el intercambio de estas telemetrías en 2024 (según The New York Times, 2024). En paralelo, la Federal Trade Commission había finalizado en enero de 2026 un acuerdo que impide a GM y su filial OnStar divulgar esos datos a terceros por cinco años (según la FTC). Vemos esto como un recordatorio: la información que generan los autos conectados ya no es un activo libre para vender sin consentimiento claro.
¿Qué obliga exactamente la resolución y qué cambió para los conductores?
La propuesta de acuerdo obliga a GM a dejar de vender información de clientes a brokers por cinco años y a ofrecer opciones para que los conductores impidan que OnStar recopile su ubicación (según la Fiscalía General de California). Además, la empresa debe borrar los datos personales cubiertos por la demanda y pedir consentimiento para usos futuros relacionados con la conducción (según el comunicado de la Fiscalía). La fiscalía acompañó el anuncio con la invocación del principio de minimización de datos de la ley de privacidad californiana: no pueden retener información pensando en «usos futuros» sin avisos claros (según la Fiscalía General de California). Esto altera la práctica de many automakers que venían considerando la telemetría como monetizable.
¿Cómo impacta esto en Argentina y en empresas de la región?
No tenemos una réplica exacta de la ley californiana en Argentina, pero existe la Ley 25.326 de 2000 sobre Protección de Datos Personales (según la Agencia de Acceso a la Información Pública), que regula la recolección y tratamiento de datos personales. Vemos dos implicaciones prácticas para empresas locales: primero, la transparencia y el consentimiento deben estar claros para clientes que compran servicios conectados; segundo, la reputación importa: un caso público contra un fabricante global puede acelerar demandas y medidas regulatorias locales. Desde la perspectiva comercial en LATAM, WhatsApp Business y comunicaciones directas seguirán siendo cruciales para gestionar consentimientos y notificaciones; la región no puede depender solo de que las políticas de las matrices en EEUU resuelvan riesgos legales frente a clientes locales.
¿Qué deben hacer las empresas (fabricantes, aseguradoras y dealers) en LATAM ahora?
La lección operativa es simple: auditar qué datos se recogen, por qué se guardan y con quién se comparten. Recomendamos tres pasos concretos: 1) mapear telemetría y eliminar lo que no es imprescindible; 2) ofrecer un opt-out claro al cliente desde la venta o la activación del servicio; 3) documentar y conservar consentimientos. Además, exigimos auditorías independientes y máxima transparencia —coherente con nuestra posición reciente sobre IA y auditorías— para evitar que la concentración de plataformas sirva de excusa. La multa de 12,75 millones de dólares (según Reuters) es un recordatorio: el costo reputacional y jurídico puede superar con creces cualquier ingreso por vender datos sin control. Para emprendedores y pymes: empezá por lo mínimo (producto, cliente, forma de cobrar) y no compitas vendiendo datos que no podés justificar ante un juez o un fiscal.